Ositran apelará fallo judicial que le impide supervisar el Puerto de Chancay
Ositran, el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte Público, mostró su rechazo a la decisión del Poder Judicial de declarar fundada una acción de amparo presentada por Cosco Shipping Ports, la empresa china que construyó y opera oficialmente el Megapuerto de Chancay desde junio del año pasado.
Hace unos días, el Primer Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima falló a favor de Cosco Shipping Ports y ordenó que Ositran se abstenga de ejercer sus facultades de regulación, supervisión, fiscalización y sanción respecto a las operaciones en el Terminal Portuario Multipropósito de Chancay.
En una entrevista con RPP, Verónica Zambrano, presidenta de Ositran, expresó su preocupación porque este fallo recorta las funciones del organismo para verificar que se cumplan los derechos de los usuarios finales, tales como importadores, agentes de aduana y dueños de carga.
Lo que dijo Zambrano, textualmente, es que “estarían estableciendo un régimen normativo diferente para ellos como empresa, porque ellos serían la única empresa que presta servicios al público y que no es supervisada en cómo presta esos servicios al público”.
Lo que argumentó Cosco Shipping Ports en la demanda presentada ante el Poder Judicial es que el megapuerto es una infraestructura de propiedad privada, financiada íntegramente por la empresa sin recibir bienes o subsidios del Estado ni operar bajo un contrato de concesión, por lo que no cabe que Ositran la regule. El abogado de la compañía china, Ramiro Portocarrero, ha sostenido que la competencia con otros puertos será el "mejor policía" para disciplinar las tarifas y servicios.
Sin embargo, la posición de Ositran es que, aunque la inversión sea privada, la empresa eligió brindar un servicio de uso público y utiliza 180 hectáreas de mar peruano, un recurso de dominio público, por lo que sí cabe que Ositran garantice el derecho de los usuarios a recibir información transparente sobre los servicios, a no ser discriminados en el trato comercial y a acceder a un procedimiento de reclamos formal ante una instancia reguladora.
Pese a que el regulador aún no ha sido notificado formalmente del tenor completo de la resolución, Zambrano confirmó que apelarán la decisión de inmediato para revertir lo que considera un "régimen privilegiado" que podría dejar sin protección a quienes utilicen este terminal portuario.
La única supervisión por parte de Ositran que permite el fallo en primera instancia es en la definición de las tarifas finales a los usuarios, pero esto estará condicionado a que Indecopi determine que hay ausencia de competencia y, que por lo tanto, corresponde que el organismo regulador fije las tarifas como sucede en otros mercados como las tarifas eléctricas. El resto de operaciones portuarias estará en manos de la Autoridad Nacional de Puertos (APN), que deberá realizar la supervisión técnica, operativa y de seguridad del puerto, dado que fue quien le otorgó la habilitación portuaria.
Esta es una situación sin precedentes en el Perú, dado que, a excepción de algunas pequeñas caletas y terminales privados, los grandes puertos del país operan bajo un régimen de concesión y, por lo tanto, sus tarifas son determinadas por Ositran, tomando en cuenta sus costos e inversiones, lo que podría dejar a estos puertos en desventaja frente al terminal en Chancay operado por la china Cosco Shipping Ports.
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