TC ordena al MEF diseñar una nueva fórmula para calcular y pagar los bonos de la deuda agraria
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) tendrá que emitir, en un plazo máximo de 60 días, un decreto supremo para establecer una nueva metodología de actualización y un nuevo procedimiento administrativo de registro y pago de los bonos de la deuda agraria, de acuerdo con una fallo reciente del Tribunal Constitucional que abre un nuevo capítulo en la historia de estos instrumentos financieros.
El máximo intérprete de la Constitución ha respondido así a una demanda de amparo declarando inaplicable la metodología utilizada por el MEF para calcular el valor de estos bonos y, por lo tanto, el dinero al que tienen derecho sus tenedores.
El fallo del TC explica que, de acuerdo con el punto de vista, inapelable, de sus miembros, el mecanismo del MEF vulneró el derecho de propiedad y el derecho a recibir una indemnización justipreciada por las expropiaciones a más de 300 mil personas realizadas durante la reforma agraria.
Como explicó el Diario El Comercio, la resolución del TC declaró fundada la demanda presentada por una heredera de un tenedor de bonos, anulando una resolución judicial previa y estableciendo que no debe aplicarse la fórmula establecida en el 2017 por el MEF para calcular el valor actual de los bonos y, por lo tanto, el pago al que tienen derecho sus tenedores. El tribunal precisó que el cálculo debe realizarse conforme al principio valorista, es decir, calculando el valor real o el poder adquisitivo del bono original, tal como ya había dispuesto en una sentencia del TC y en el auto emitido en julio del 2013.
Tras conocerse el fallo, Mario Seoane Linares, asesor legal de la Asociación de Bonistas de la Deuda Agraria (ABDA), comentó en Canal N que la sentencia es emblemática e histórica..
Según ha explicado Seoane, el problema de fondo fue el tipo de cambio aplicado por el MEF. Lo que dijo , textualmente, es que “la fórmula utilizada reducía drásticamente el valor de los bonos e incluso, en algunos casos, arrojaba un pago nulo. El Tribunal ahora deja claro que esa metodología no es válida”.
La sentencia fija un plazo expreso de 60 días para que el MEF emita un nuevo Decreto Supremo con una metodología de actualización y un procedimiento administrativo que permita viabilizar el pago. Seoane espera que esto permita que los tenedores de los bonos puedan elegir la forma de pago, ya sea en efectivo, bonos, tierras o proyectos de inversión.
Es importante recordar que los bonos de la deuda agraria fueron creados tras la Ley de Reforma Agraria en 1969 para compensar a aquellos cuyas tierras fueron expropiadas. Aunque se realizaron pagos parciales, una parte significativa de los bonos nunca fue reconocida ni cancelada, convirtiéndose en una deuda histórica del Estado peruano.
El MEF de Denisse Miralles tendrá ahora el reto de cumplir este fallo del TC, que es inapelable, de modo que se reconozcan los derechos de los tenedores de bonos pero sin hacer más daño al estado de las finanzas públicas, en un contexto en el que los recursos fiscales son escasos.
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