Ollanta Humala saldrá de prisión: el TC anula su condena
El expresidente Ollanta Humala saldrá de prisión luego de que un fallo del Tribunal Constitucional anulara el proceso penal en su contra por el delito de lavado de activos. De eso hablamos en la edición de hoy del Newsletter de Comité. ¡Empecemos!
Estamos viernes 31 de julio y estos son los titulares que desarrollo en el podcast de la mañana:
- El expresidente Ollanta Humala saldrá de prisión luego de que un fallo del Tribunal Constitucional anulara el proceso penal en su contra por el delito de lavado de activos
- A solo días de inaugurado el nuevo Congreso, la policía ha detenido al parlamentario Julián Pérez Mallqui de Juntos por el Perú por un caso de violencia contra la mujer
- El Gobierno ha dado declaraciones que dejan entrever que podría estar retrocediendo en algunos aspectos que estaban en el borrador del pedido de facultades delegadas al Congreso
- Las selecciones europeas no participarán en el próximo Mundial ni en ninguna competición de la FIFA si el ente deportivo sigue adelante con su plan de vender participaciones en sus competencias a inversores privados
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LA NOTICIA DESTACADA
Ollanta Humala saldrá de prisión luego de que un fallo del TC anulara el proceso penal en su contra por el delito de lavado de activos
El Tribunal Constitucional declaró fundada la demanda de hábeas corpus presentada por la defensa del expresidente Ollanta Humala y resolvió anular el proceso penal en su contra por el delito de lavado de activos, por lo que el exmandatario saldrá en libertad.
El fallo del TC señala que los hechos imputados a Humala en este caso, es decir, los aportes de campaña recibidos en 2006 y 2011, no encajan en el delito de lavado de activos y que el Poder Judicial lo sentenció aplicando una modalidad del delito que entró en vigencia recién en noviembre de 2016. En ese sentido, el TC señala que nadie puede ser procesado ni condenado por actos u omisiones que, cuando se cometieron, no estaban previamente calificados en la ley de manera expresa e inequívoca. En pocas palabras, el Tribunal argumenta que al expresidente no se le puede condenar por algo que, cuando lo hizo, todavía no era considerado delito.
Este es un criterio similar al que el TC aplicó en el Caso Cócteles, que también derivó en la nulidad del proceso penal contra la actual presidenta Keiko Fujimori y otros imputados.
En el caso de Humala, el TC también señaló la falta de precisión por parte de la fiscalía y de la justicia al determinar el origen ilícito del dinero. En ese sentido, el fallo indica que no se demostró que Humala conociera o pudiera presumir el origen ilegal de esos aportes a sus campañas electorales.
De acuerdo con el abogado de Humala, Wilfredo Pedraza, este fallo del TC también alcanzará a los otros coacusados en el caso, incluida Nadine Heredia, esposa del expresidente, quien se asiló en Brasil el año pasado luego de ser condenada junto a Humala.
Cabe mencionar que el Tribunal Constitucional tomó esta decisión por mayoría, pero contó con los votos disidentes de los magistrados Luz Pacheco y Manuel Monteaguado, quienes consideraron que la demanda debía ser declarada improcedente. Para ambos, el hábeas corpus no era la vía adecuada para resolver este proceso ya que la sentencia de Humala aún estaba en etapa de apelación y, por ende, no tenía el carácter de firmeza que exige la ley para una intervención constitucional. Además, señalaron que la tipificación del delito es una tarea exclusiva de los jueces penales, no del TC.
¿Qué opino yo sobre esto? Pues estoy de acuerdo con el argumento de fondo, creo que Humala no debió ser sentenciado por lavado de activos porque no aplicaba este delito a su caso, de la misma manera que no aplicaba para el caso Cócteles, pero estoy de acuerdo también con los votos en minoría, porque esto se debió definir en la apelación misma del caso, no por intervención del Tribunal Constitucional a través de un hábeas corpus. Esto último me preocupa: la señal que manda es que, si a alguien no le gusta cómo el Poder Judicial está resolviendo su caso, puede ir donde el TC y pedirle a este que lo resuelva indirectamente. Eso desnaturaliza la secuencia lógica de los procesos judiciales y genera un conflicto de competencias donde, como en este caso, el TC se puede arrogar el rol de cerrar un caso cuando todavía está pendiente que resuelva la segunda instancia judicial, por ejemplo,
